Nos place informarles acerca de los cambios en la implementación de los “RIPS” dentro de la factura electrónica. El Ministerio de Salud ha emitido la Resolución 00002275, fechada el 28 de diciembre de 2023, la cual expide la resolución única reglamentaria del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud (RIPS), siendo este el soporte de la Factura Electrónica de Venta (FEV) en salud, y establece otras disposiciones.

Link resolución: Resolución 00002275 del Ministerio de Salud de 28 de diciembre 2023

Es relevante destacar que, a partir de esta fecha, se derogan las Resoluciones 510, 1036, 2805 y 2806 de 2022, así como la Resolución 1557 de 2023. Además, a partir del 30 de septiembre de 2024, se derogan las Resoluciones 4144 de 1999, 1077 y 3374 de 2000, 951 de 2002, 1531 y 4449 de 2014.

Esta resolución reglamenta el nuevo formato y cambia de un archivo plano a un formato JSON y la presentación se debe validar ante el Ministerio de Salud. Se establece un calendario de implementación y a partir del 1 de abril de 2024 entra en operación la transmisión de estos nuevos RIPS.

Resumen del proceso:

  1. Generar RIPS desde SIVIT en formato JSON, se obtiene el archivo con el nuevo formato.
  2. Generar factura electrónica desde SIVIT, validada por la DIAN, se obtiene XML de la factura.
  3. Se valida el RIPS ante el Ministerio de Salud y se obtiene el CUV (Código Único de Validación).
  4. Radicación y procesos anexos a la facturación para enviar al responsable del pago.

Agradecemos su comprensión, colaboración y esperamos haberle informado oportunamente de esta actualización frente a los organismos gubernamentales.

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